RECONOCIMIENTO DE CARRERA DE NIVEL UNIVERSITARIO. MAESTRIA EN TECNOLOGIA EDUCATIVA. INSTITUTO UNIVERSITARIO CLAEH




Promulgación: 17/12/2009
Publicación: 11/01/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1986
VISTO: La solicitud de reconocimiento de nivel universitario de la carrera
"Maestría en Tecnología Educativa" presentada por el Instituto
Universitario CLAEH, el 19 de octubre de 2007.

RESULTANDO: I) Con fecha 29 de setiembre de 2009, el Consejo Consultivo de
Enseñanza Terciaria Privada emitió el Dictamen N° 286 en el que se
concluye que la mencionada carrera cumple con los requisitos previstos en
el Decreto 308/995 para ser considerada de nivel universitario.

II) Con fecha 10 de diciembre de 2009, la Dirección de Educación, en
consonancia con lo expresado por el Consejo Consultivo de Enseñanza
Terciaria Privada en el dictamen antes mencionado, sugiere el
reconocimiento de la carrera "Maestría en Tecnología Educativa" (plan
2007) dentro del Area de Conocimiento N° 1, Humanidades y Artes,
presentada por el Instituto Universitario CLAEH, quien otorgará los
títulos de "Especialista en Tecnología Educativa" y "Magister en
Tecnología Educativa".

CONSIDERANDO: Se ha cumplido con todos los requisitos dispuestos por la
normativa vigente para acceder a lo solicitado.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-Ley
15.661 de fecha 23 de octubre de 1984, por el Decreto 308/995 del 11 de
agosto de 1995 y sus modificativos, y a la Resolución del Consejo de
Ministros N° 813 del 2 de setiembre de 1997,

                    LA MINISTRA DE EDUCACION Y CULTURA
                en ejercicio de las atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 RECONOCESE el nivel universitario de la carrera "Maestría en Tecnología
Educativa"(Plan 2007) dentro del Area de Conocimiento N° 1, Humanidades y
Artes, presentada por el Instituto Universitario CLAEH, quien otorgará los
títulos de "Especialista en Tecnología Educativa" y Magister en Tecnología
Educativa".

2

 ENCOMIENDASE a la Dirección de Educación la certificación de los
originales del Plan de Estudios para la institución y para esta Secretaría
de Estado.

3

 COMUNIQUESE a la institución gestionante, a la Dirección de Educación, al
Area de Educación Superior, a la Asesoría Letrada del Ministerio de
Educación y Cultura y al Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria
Privada. Cumplido, archívese.

MARIA SIMON
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