AUTORIZACION PARA TRANSFERENCIA DE EXPLOTACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. LASCANO TV CABLE S.A.




Promulgación: 12/12/2000
Publicación: 19/12/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 1089
Referencias a toda la norma
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de 
Comunicaciones, da cuenta de la solicitud presentada por la empresa 
"LASCANO TV CABLE S.A." para que se autorice la transferencia de la 
titularidad del permiso de televisión para abonados, en la localidad de 
la Coronilla del departamento de Rocha, a favor de la empresa "ACUARIO 
UNO S.R.L.".-

RESULTANDO: que por la Resolución del Poder Ejecutivo 1.144/99 de 7 de 
setiembre de 1999, se autorizó a dicha sociedad permisionaria, a 
suministrar el servicio de televisión para abonados, por la modalidad 
"cable" en la referida localidad.-

CONSIDERANDO: I) lo dispuesto por el numeral 3) del artículo 3ro. y por 
el numeral 2) del artículo 4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre 
de 1984, en la redacción sustitutiva dada por los artículos 8vo. y 9no. 
de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991.-

II) que los integrantes de la sociedad "ACUARIO UNO S.R.L.", los señores 
Walter Daniel Delprato Redondo y Whiller Ariel Pua Machado, han cumplido 
con los requisitos y exigencias personales que establecen los Decretos 
349/990 de 7 de agosto de 1990 y 125/993 de 12 de marzo de 1993.-

III) que se ha acreditado en obrados, copia certificada de Compromiso de 
Cesión de Derechos, dando cumplimiento así, a lo dispuesto en el Decreto 
586/990 de 18 de diciembre de 1990.-

IV) que la Sociedad enajenante ha acreditado estar al día con sus 
obligaciones tributarias ante la Dirección General Impositiva y con sus 
aportes ante la Seguridad Social y se han realizado las publicaciones que 
exige el Decreto 347/992 de 21 de julio de 1992.-

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por el Decreto Ley 
15.671 de 8 de noviembre de 1984 en la redacción sustitutiva dada por la 
Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, los Decretos reglamentarios del 
servicio 349/990 de 7 de agosto de 1990, 125/993 de 12 de marzo de 1993, 
586/990 de 18 de diciembre de 1990, 347/992 de 21 de julio de 1992 y a lo 
informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones y la Asesoría 
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Autorízase a la empresa "LASCANO TV CABLE S.A.", a transferir la 
titularidad del permiso de televisión para abonados en la modalidad 
"cable", de la localidad de la Coronilla del Departamento de Rocha, a 
favor de la empresa "ACUARIO UNO S.R.L.".- (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 3.

2

 Declárase que esta última, está integrada por los señores Walter Daniel 
Delprato Redondo y Whiller Ariel Pua Machado.-

3

 Determínase que la autorización otorgada en el numeral 1ro. de la 
presente Resolución, tiene el mismo carácter, limitaciones y exigencias 
que las establecidas en las Resoluciones del Poder Ejecutivo 1.144/999 de 
7 de diciembre de 1999 y 687/998 de 28 de agosto de 1998.-

4

 Otórgase un plazo de 90 días para que las empresas gestionantes 
acrediten ante la Dirección Nacional de Comunicaciones, la transferencia 
definitiva, dando cumplimiento al Compromiso de Cesión de Derechos que se 
da cuenta en autos.-

5

 Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones 
a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - LUIS BREZZO


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