VISTO: La gestión promovida por la Comisión del Patrimonio Cultural de la
Nación para que sea declarada Monumento Histórico la Escuela Brasil,
padrón Nº 31.023, sita en Av. Brasil y 26 de Marzo de la ciudad de
Montevideo;
RESULTANDO: I) Que apenas formalizada la reforma vareliana, en agosto de
1877, las autoridades de la recién constituida Dirección General de
Instrucción Pública, debieron hacer frente al grave problema de obtener
un marco físico adecuado al nuevo proceso educativo;
II) Que en el siguiente cuarto de siglo, se hizo notoria la magnitud de
esa problemática, vista la insuficiencia e inadecuación de los locales
existentes, dado que la mayoría de las escuelas ocupaban construcciones
que habían tenido otro destino y las nuevas edificaciones adaptadas a ese
fin, mantenían en lo fundamental la tipología de la vivienda standard,
con escasa atención a las condicionantes y exigencias de los nuevos
programas;
III) Que dentro de ese panorama crítico, son destacables algunos ejemplos
que valen como valioso antecedente de las realizaciones posteriores. En
ese sentido cabe mencionar la sede actual del Museo Pedagógico y la
Escuela República Argentina (1884); la Escuela Nº 5 de Guayabos y Gaboto
(1886); las Escuelas Nº 2 de Colonia y la Nº 8 de Nueva Palmira (1890);
la Escuela Nº 1 "España" (1897) y Nº 4 "Artigas" (1903-08), obra esta
última de Américo Maini, cuyos valores tipológicos y arquitectónicos
prefiguran el nivel que habría de alcanzarse en los años siguientes;
IV) Que el punto de inflexión hacia una política planificada de
construcciones escolares, con pautas definidas de gestión, un
ordenamiento institucional específico y un adecuado sustento financiero,
se concreta hacia los años 1906-07 y tiene como referencias principales
la aprobación del "Reglamento de Construcción de Edificios Escolares" y
la creación de la "Inspección Técnica de Edificios Escolares", con el
cometido de proyectar y dirigir la construcción de los edificios
requeridos por los distintos niveles de la enseñanza pública. En esa
dependencia tendrían un papel relevante los Arquitectos Américo Maini y
Alfredo Jones Brown, recibidos respectivamente en 1899 y 1905 en la vieja
Facultad de Matemáticas, donde compartían sus estudios las primeras
generaciones de ingenieros y arquitectos formados en el país;
V) Que en la órbita de la "Inspección Técnica" se procesó el ajuste de
las nuevas tipologías y se concretaron obras de notable significación,
siendo de destacar, sólo en el nivel de Primaria, las escuelas Gran
Bretaña (1907), República de Chile y Brasil (1909); Alemania (1911) y el
Jardín de Infantes Enriqueta Compte y Riqué (1909);
VI) Que en ese período de gran fecundidad, la Escuela Brasil se destaca a
su vez como un ejemplo de logrado equilibrio entre dos órdenes de
problemas: por un lado, las demandas específicas del programa educativo y
la expresión de su significación dentro de las políticas sociales de la
época, y por otro, su materialización, cuya cabal adecuación funcional,
formal y semántica a esos requerimientos, tendría como valor agregado la
asimilación en clave propia de las corrientes "modernistas" entonces en
boga, cuyos referentes más notorios se encontraban en Bruselas (Van de
Velde), Glasgow (Mackintosch) y Viena (Otto Wagner);
VII) Que esos valores relevantes están aún presentes, a pesar de que el
proyecto original no llegó a concretarse en su totalidad -al no
construirse el bloque sobre la calle Martí-, y a las afectaciones que
luego se sucedieron (caso de la demolición del cuerpo proyectado como
"Casa de los Maestros", sustituido por un volumen implantado sin la menor
consideración de los valores del entorno, más la dificultad de asegurar
un nivel adecuado de mantenimiento, con las consecuencias que hoy son
apreciables);
VIII) Que tal como hoy existe, funcionando aún como local escolar, el
edificio de la Escuela Brasil, su jardín como espacio de transición con
la trama urbana y su reja, constituyen uno de los mejores ejemplos de
nuestra arquitectura y nos hablan de una época donde la calidad de diseño
y el rigor constructivo estaban en sintonía con las necesidades y
aspiraciones de la sociedad, valiendo esas obras como verdaderos
referentes de identidad que estamos obligados a preservar y poner a
valor;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
entiende necesario preservar este bien como testimonio de carácter
urbanístico y de la educación primaria del país;
II) que el Poder Ejecutivo animado de propósito de proteger aquello
bienes de singular valor cultural accederá a lo solicitado declarando
Monumento Histórico la Escuela Brasil de la ciudad de Montevideo;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación y a lo dispuesto en la Ley Nº 14.040 del
20 de octubre de 1971, Decreto Reglamentario 536/72;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
DECLARASE Monumento Histórico la Escuela Brasil, padrón Nº 31.023, sita
en Av. Brasil y 26 de Marzo de la ciudad de Montevideo.