VISTO: la solicitud de la empresa FRIGORIFICO SAN JACINTO - NIREA S.A.,
tendiente a que se amplíe la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de
noviembre de 2008 por la que se declaró promovida la actividad de su
proyecto de inversión;
RESULTANDO: que la ampliación del proyecto tiene como objetivo mejorar
aspectos sanitarios, así como incrementar el valor de la producción de
desosados;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe y la
recomendación realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley;
II) que la ampliación del proyecto presentado por FRIGORIFICO SAN JACINTO
- NIREA S.A. da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7
de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
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Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de noviembre de
2008, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa FRIGORIFICO SAN JACINTO - NIREA S.A., tendiente a
mejorar aspectos sanitarios, así como incrementar el valor de la
producción de desosados, por un monto de UI 20.002.333.