REDUCCION DE MONTOS. SUBSIDIOS A LA INDUSTRIA TEXTIL




Promulgación: 15/12/2009
Publicación: 30/12/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1965
VISTO: el artículo 309 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, que
dispone financiamiento a fin de apoyar la producción textil, el Decreto N°
522/007, de 27 de diciembre de 2007 y la Resolución N° 563/008, de 11 de
agosto de 2008.

RESULTANDO: I) que el artículo 5° del referido Decreto N° 522/007 destinó
una partida de $ 25:000.000 (pesos uruguayos veinticinco millones) para
apoyo financiero no reembolsable de proyectos de inversión o
competitividad a realizar por las empresas que producen hilados, tejidos
de punto y tejidos planos, con un máximo de $ 2:500.000 (pesos uruguayos
dos millones quinientos mil) por empresa.

II) que la mencionada Resolución No 563/008 reglamentó las condiciones de
acceso a dicho beneficio.

III) que el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de
Industria, Energía y Minería en forma conjunta aprobaron algunos proyectos
presentados por las empresas.

IV) que los referidos Ministerios dictaron las respectivas Resoluciones
disponiendo el financiamiento no reembolsable para cada empresa y
autorizando el pago de la mitad de los beneficios correspondientes en cada
caso.

V) que la crisis mundial ha impactado en las empresas textiles uruguayas,
determinando que algunas de ellas tuvieran que postergar o reducir los
montos de ejecución de los referidos proyectos.

CONSIDERANDO: que es conveniente permitir que las empresas reduzcan el
monto de los proyectos originalmente presentados.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Se autoriza a las empresas que presentaron proyectos al amparo de lo
dispuesto en la Resolución N° 563/2008, de 11 de agosto de 2008 a reducir
los montos de los mismos.

RODOLFO NIN NOVOA - ALVARO GARCIA RAUL SENDIC
Ayuda