AUTORIZACION PARA VENDER A TERCEROS DIVERSOS SERVICIOS Y ESTUDIOS DE LA COOPERATIVA MEDICA DE RIVERA (COMERI)




Promulgación: 12/02/2009
Publicación: 02/03/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 334
VISTO: la gestión promovida por la Institución de Asistencia Médica
Colectiva, "Cooperativa Médica de Rivera" (COMERI);

RESULTANDO: I) que, por la misma solicita renovación de la autorización
para la venta a terceros de Servicios y Estudios realizados en las
Instalaciones de la propia Institución;

II) que, dicha Cooperativa Médica está debidamente inscripta en esta
Secretaría de Estado;

CONSIDERANDO: I) que, tal solicitud se encuentra comprendida en lo
dispuesto por el artículo 14º del Decreto-Ley Nº 15.181 de 21 de agosto de
1981;

II) que, las Divisiones Economía de la Salud, Servicios de Salud y la
Dirección General de la Salud no formulan objeciones al respecto;

III) que, el 22 de enero de 2009 la Junta Nacional de Salud resolvió hacer
lugar a la solicitud mencionada;

ATENTO: a lo dispuesto en el Artículo 14º del Decreto-Ley Nº 15.181 de 21
de agosto de 1981, Artículo 17º de la Ley Nº 18.211 de 5 de diciembre de
2007 y el Texto Ordenado de Delegación de Atribuciones del Poder
Ejecutivo, Resolución Nº 13/993 de 12 de enero de 1993, Título XI;

                       LA MINISTRA DE SALUD PUBLICA
                en ejercicio de las atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la Institución de Asistencia Médica Colectiva, "Cooperativa
Médica de Rivera" (COMERI), a vender a terceros los Servicios y Estudios
que a continuación se detallan:
-     Internación.
-     CTI.
-     Ergometrías.
-     Electrocardiografía basal.
-     Ecovascular Periférico Arterial y Venoso.
-     Radiología General.
-     Mamografía.
-     Ecografía General.
-     Ecografía de Partes Blandas.
-     Ecografía Obstétrica Estructural.
-     Ecografía Transvaginal.
-     Doppler Fetal.
-     Estudios contratados.
-     Arteriografías.
-     Cirugía General.
-     Cirugía Pediátrica.
-     Salas de Parto con monitorización fetal.
-     Nursery.
-     Fisioterapia General.
-     Rehabilitación de Puérperas.
-     Cirugía Laparoscópica.
-     Fibroscopía Digestiva.
-     Microcirugías Endoscópicas.
-     Cirugía Traumatológica.
-     Técnicas Quirúrgicas y Ortopédicas, incluyendo Raquis Cervical,
      Dorsal y Lumbar, Hombro, Codo, Mano, Cadera, Rodilla, Tobillo
      y Pie.
-     Cirugía Infantil de fracturas y Cirugía Ortopédica.
-     Traslados especializados en ambulancias, tanto en Sede Principal
      como en Sede Secundaria en ciudad de Artigas.

2

 Establécese que la referida autorización tiene un plazo de 3 (tres) años,
sin perjuicio de que el Ministerio de Salud Pública pueda realizar las
inspecciones que sean consideradas pertinentes y verificar cuando
corresponda, las habilitaciones y su vigencia, de acuerdo a lo dispuesto
por el Decreto Nº 416/2002 de 29 de octubre de 2002.

3

 Comuníquese. Tomen nota la Dirección General de la Salud y las Divisiones
Economía de la Salud y Servicios de Salud. Cumplido, archívese.

MARIA JULIA MUÑOZ
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