VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea -
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica para
que se autorice a la empresa "AERO SIEMBRA S.R.L.", a operar servicios de
transporte aéreo público nacional e internacional no regular de pasajeros,
correo y carga, en la modalidad de taxi aéreo.
RESULTANDO: que la empresa peticionante no solicitó ante la Dirección
Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, la autorización
provisoria de acuerdo al artículo 15 bis del Decreto 39/977 de 25 de enero
de 1977.
CONSIDERANDO: I) que la Junta Nacional de Aeronáutica Civil, resolvió
recomendar se autorice lo solicitado.
II) lo preceptuado por el artículo 37 del Decreto 325/974 de 26 de abril
de 1974.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea con el asesoramiento de la Junta Nacional de
Aeronáutica Civil y por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa
Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Autorízase a la empresa "AERO SIEMBRA S.R.L." para explotar servicios de
transporte aéreo público nacional e internacional no regular de pasajeros,
correo y carga, en la modalidad de taxi aéreo.
Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea -
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica a sus
efectos. Cumplido, archívese.
JOSE MUJICA - LUIS ROSADILLA - FERNANDO LORENZO - ENRIQUE PINTADO