VISTO: la solicitud de la empresa LABORATORIOS CAILLON & HAMONET S.A.C.I.,
de obtener la declaratoria promocional para la actividad que se propone
realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales;
RESULTANDO: que el proyecto presentado tiene como objetivo la
incorporación de equipamiento con la finalidad de mejorar la elaboración
de especialidades farmacéuticas;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de enero de 1998, en base al informe de evaluación y la
recomendación realizada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería,
decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios
establecidos en la citada Ley;
II) que el proyecto presentado por LABORATORIOS CAILLON & HAMONET S.A.C.I.
da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
LABORATORIOS CAILLON & HAMONET S.A.C.I., tendiente a la incorporación de
equipamiento con la finalidad de mejorar la elaboración de especialidades
farmacéuticas, por un monto de UI 1.708.875.