RECTIFICACION DE LOS NRALES. 2º Y 3º DE LA RESOLUCION 260/025, RELATIVA A LA TRANSFERENCIA POR MODO SUCESION, DE LAS ACCIONES DE PANDO CABLE VISION S.A.S.




Promulgación: 10/08/2026
Publicación: 21/08/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución de 15 de julio de 2025;

   RESULTANDO: I) que en el referido acto administrativo se autorizó la transformación societaria de la empresa PANDO CABLE VISIÓN S.R.L. a PANDO CABLE VISIÓN S.A.S;

   II) que asimismo, se autorizó la transferencia por modo sucesión, de las acciones de PANDO CABLE VISIÓN S.A.S. de las que era titular el Sr. Leonel Aguirre a favor de la Sra. Soledad Aguirre Vázquez y el Sr. Leonel Ignacio Aguirre Vázquez, en partes iguales y de las que era titular la Sra. Martha Aguiar Beltrán a favor del Sr. Alejandro Aguiar Antía y la Sra. Diana Aguiar Rijo, también por partes iguales;

   III) que se declaró que la sociedad PANDO CABLE VISIÓN S.A.S quedará integrada de la siguiente manera: Sr. Alejandro Aguiar Antía (13%), Sra. Diana Aguiar Rijo (13%), Sra. Soledad Aguirre Vázquez (12.5%), Sr. Leonel Ignacio Aguirre Vázquez (12.5%) y el Sr. José Carlos Giusto Hernández (49%);

   CONSIDERANDO: que de la documentación aportada por los interesados surge expresamente que para el caso de la Sra. Soledad Aguirre Vázquez y el Sr. Leonel Ignacio Aguirre Vázquez, las acciones en una proporción del 25%, las poseen en carácter indiviso, por haberlas heredado del Sr. Leonel Enrique Aguirre Gomensoro y no haber otorgado partición, por lo que corresponde su rectificación;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (DINATEL) y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   (*)

(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 260/025 de 15/07/2025 
numerales 2 y 3.

   YAMANDÚ ORSI - FERNANDA CARDONA
Ayuda