DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MALDONADO




Promulgación: 30/11/2000
Publicación: 05/12/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 1029
VISTO: la gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación 
para que sea declarado Monumento Histórico el conjunto de esculturas y 
pinturas de autores uruguayos, que el Arq. Nicolás García Uriburu 
recopiló y que se encuentra ubicado en el conjunto edilicio existente en 
la manzana Nº 5, padrón 40 de la Ciudad de Maldonado, delimitada por las 
calles Rafael Pérez del Puerto, José Dodera, 25 de Mayo y 18 de Julio 
(Cuartel de Dragones) de esa ciudad;

RESULTANDO: I) que el ciudadano argentino Nicolás García Uriburu realizó 
con esfuerzo personal y económico -sumado a otros aportes 
complementarios-, una tarea de selección de esculturas y pinturas de 
autores uruguayos representativos del período 1880-1945;

II) que dicho acervo fue emplazado en el Monumento Histórico - Cuartel de 
Dragones, manzana Nº 5 - padrón 40 de la Ciudad de Maldonado, 
acondicionado al efecto el local de la Ex-Escuela allí existente;

III) que el conjunto de bienes culturales que forman la colección y el 
edificio que la contiene han logrado una feliz integración, conformando 
una unidad que se estima conveniente mantener.

CONSIDERANDO: I) la importancia del contenido de la colección desde el 
punto de vista cultural;

II) que su existencia es perfectamente compatible con el carácter 
patrimonial de su entorno y con los emprendimientos museísticos 
oportunamente proyectados para el citado Cuartel de Dragones;

III) que es convicción unánime de la Comisión del Patrimonio Cultural de 
la Nación, que preservando el conjunto de bienes culturales que resulta 
del inventario de la colección del Arq. Nicolás García Uriburu se rescata 
para el acervo nacional y departamental un testimonio calificado de la 
producción de grandes autores nacionales del período 1880-1945,

IV) que el Poder Ejecutivo con el propósito de proteger aquellos bienes 
culturales que representan un importante valor patrimonial accederá a lo 
solicitado, declarando Monumento Histórico el conjunto de escultura y 
pinturas de autores uruguayos del período 1880-1945, que el Arq. Nicolás 
García Uriburu instaló en el padrón 40, manzana 5 del Monumento Histórico 
- Cuartel de Dragones, Ciudad de Maldonado;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del 
Patrimonio Cultural de la Nación, a lo dispuesto en la Ley 14.040 del 20 
de octubre de 1971, al Decreto Reglamentario 536 del 1 de agosto de 
1972;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 DECLARESE Monumento Histórico el conjunto de esculturas y pinturas de 
autores uruguayos del período 1880-1945, que resultan del inventario 
adjunto cuya selección realizó el Arq. Nicolás García Uriburu, la que se 
encuentra emplazada en el Monumento Histórico, padrón 40, manzana 5, 
Cuartel de Dragones, de la Ciudad de Maldonado;

2

 El conjunto de las obras deberán permanecer en su actual ubicación; 
manzana Nº 5, padrón 40 (Cuartel de Dragones) calles Rafael Pérez del 
Puerto, José Dodera, 25 de mayo y 18 de Julio, Ciudad de Maldonado, 
Departamento de Maldonado, no siendo admisible su traslado o la 
modificación de su contenido sin la autorización previa de la Comisión 
del Patrimonio Cultural de la Nación;

3

 DESIGNASE curador de la colección al Arq. Nicolás García Uriburu quien 
ejercerá su cometido en coordinación con la Comisión del Patrimonio 
Cultural de la Nación, en atención a la naturaleza de Monumento Histórico 
de la citada colección;

4

 COMUNIQUESE al Ministerio de Educación y Cultura, al Ministerio de 
Defensa Nacional, a la Intendencia Municipal de Maldonado, a la Comisión 
Ejecutiva para el Museo Didáctico Artiguista en el Cuartel de Dragones, 
al Arq. Nicolás García Uriburu y a la Comisión del Patrimonio Cultural de 
la Nación;

5

 CUMPLIDO, vuelva a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para 
su registro y archivo;

HIERRO LOPEZ - ANTONIO MERCADER


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