VISTO: la solicitud de la empresa ODACAR S.A., con número de RUT
213627730013, tendiente a que se amplíe la Resolución del Poder Ejecutivo
de fecha 7 de setiembre de 2009, por la que se declaró promovida la
actividad de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: que la ampliación del proyecto tiene como objetivo la
incorporación de tecnología 3D en dos de sus salas;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, de acuerdo a lo establecido en el
art. 10° del Decreto N° 455/007, de 27 noviembre de 2007, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley;
II) que la ampliación del proyecto presentado por ODACAR S.A. da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 7 de setiembre de
2009, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa ODACAR S.A., tendiente a la incorporación de
tecnología 3D en dos de sus salas, por un monto de UI 2.216.436.
JOSE MUJICA - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN