DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. TWINS S.A.




Promulgación: 07/12/2009
Publicación: 18/12/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1889
VISTO: la solicitud de la empresa TWINS S.A., tendiente a que se amplíe la
Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 3 de setiembre de 2008, por la que
se declaró promovida la actividad de su proyecto de inversión;

RESULTANDO: La empresa manifiesta la necesidad de inversiones adicionales;

CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe y la
recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;

II) que la ampliación del proyecto presentada por TWINS S.A. da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998:

ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 de 28
de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 3 de setiembre de
2008, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa TWINS S.A., tendiente a la producción y
exportación de prendas de tejido de punto, por un monto de UI 460.324.

2

 Exonérase en forma total a la empresa TWINS S.A., de todo recargo incluso
el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a la
Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general todo tributo cuya
aplicación corresponda en ocasión de la importación del siguiente
equipamiento previsto en el proyecto y declarado no competitivo de la
industria nacional:
*     Kit de modernización de telares Scheler.
*     Kit de Actualización de plancha Monti 205.
*     Kit de Actualización de conera Corghi BR/6.
*     Máquina JUKI AMS 210 E/S -1306.
*     Kit de Actualización de Shima SFE 201T.

3

 Exonérase a la empresa TWINS S.A. del pago de los impuestos a las Rentas
de la Industria y Comercio y a las Rentas de las Actividades Económicas
por UI 234.765, equivalente al 51% de la inversión elegible, que será
aplicable por un plazo de 3 años a partir del ejercicio comprendido entre
el 1º/09/08 y el 31/08/09 inclusive o desde el ejercicio en que se obtenga
renta fiscal, siempre que no hayan transcurrido cuatro ejercicios de la
declaratoria promocional. En este caso, el referido plazo máximo se
incrementará en cuatro años y se computará desde el ejercicio en que se
haya dictado la presente declaratoria.
El monto exonerable en cada ejercicio no podrá superar la menor de las
siguientes cifras:
a) la inversión efectivamente realizada en el ejercicio y en
   ejercicios anteriores si dichas inversiones estuvieran comprendidas en
   la declaratoria promocional y no hubieran sido utilizadas a efectos de
   la exoneración en los ejercicios que fueron realizadas,
b) el monto total exonerable a que refiere el presente numeral,
   deducidos los montos exonerados en ejercicios anteriores.
Este beneficio se aplicará de acuerdo a lo establecido en el Art. 16 del
Decreto No 455/007 de 26 de noviembre de 2007.

4

 Los bienes que se incorporen, para llevar a cabo la actividad del
proyecto de inversión que se declara promovido en la presente resolución,
se podrán computar como activos exentos a los efectos de la liquidación
del Impuesto al Patrimonio, por el término de su vida útil. A los efectos
del cómputo de los pasivos, los citados bienes serán considerados activos
gravados.

5

 Los beneficios previstos en los numerales precedentes serán aplicables a
las inversiones realizadas entre el 1º/09/07 y el 31/08/08.

6

 Comuníquese al Ministerio de Industria, Energía y Minería, a la Dirección
Nacional de Aduanas, a la Dirección General Impositiva, notifíquese a la
empresa y remítase a la Comisión de Aplicación para su archivo.

TABARE VAZQUEZ - RAUL SENDIC - ALVARO GARCIA
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