VISTO: la solicitud de la empresa TASHIRO Y TAKATA S.R.L. con número de
RUT 210824660013 de obtener la declaratoria promocional para la actividad
que se propone realizar según su proyecto de inversión y la concesión de
diversos beneficios promocionales;
RESULTANDO: que el proyecto presentado tiene como objetivo la ampliación
de su planta industrial;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizada por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;
II) que el proyecto presentado por TASHIRO Y TAKATA S.R.L. da cumplimiento
con el artículo 11 de la ley No. 16.906, de 7 de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
TASHIRO Y TAKATA S.R.L., tendiente a la ampliación de su planta
industrial, por un monto de UI 3.306.279.
JOSE MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN - FERNANDO LORENZO