APROBACION DE RESOLUCION DE AVIACION CIVIL 397/004




Promulgación: 30/12/2005
Publicación: 10/01/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1758
   VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea
(Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica) para
que se apruebe la Resolución de dicha Dirección Nacional 397/04 de 27 de
diciembre de 2004.

   RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se autorizó a la empresa
argentina Industria Metalúrgica Sud Americana S.A. (I.M.S.A), a operar
servicios de transporte aéreo público no regular internacional de
pasajeros, correo y carga, con aeronaves de reducido porte en la
modalidad de taxi aéreo entre puntos del territorio argentino y puntos
del territorio nacional.

   CONSIDERANDO: I) lo preceptuado por el Decreto 39/977 de 25 de enero
de 1977.

   II) que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con el artículo
2do. de la Reglamentación aprobada por el Decreto 1124/941 de 4 de junio
de 1941, el cual faculta a la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica (DINACIA), a adoptar decisiones en casos que
considere de urgencia como el presente, donde se entendió conveniente no
retardar el comienzo de la operación de los servicios de transporte aéreo
gestionado por la empresa referida.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea con el asesoramiento de la Comisión Nacional
de Política  Aeronáutica y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                  RESUELVE:

1

   Apruébase en los términos del artículo 2do. de la Reglamentación
aprobada por el Decreto 1124/941 de 4 de junio de 1941, la Resolución de
la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
397/04 de 27 de diciembre de 2004, por la cual se autorizó a la empresa
argentina Industria Metalúrgica Sud Americana S.A. (I.M.S.A), a operar
servicio de transporte aéreo público no regular internacional de
pasajeros, correo y carga, con aeronaves de reducido porte en la
modalidad de taxi aéreo entre puntos del territorio argentino y puntos
del territorio nacional. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (Resolución DINACIA Nº 397/004).

2

   Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea
(Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica), a
sus efectos. Cumplido, archívese.

TABARE VAZQUEZ - AZUCENA BERRUTTI - DANILO ASTORI - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - MARIA JULIA MUÑOZ
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