APROBACION DE RESOLUCION DE AVIACION CIVIL 6/2005




Promulgación: 30/12/2005
Publicación: 10/01/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1756
   VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea
(Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica) para
que se apruebe la Resolución de dicha Dirección Nacional 6/2005 de 10 de
enero de 2005.

   RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se autorizó a la empresa
"TANGO JET S.A. (TANGO SUR), a operar servicios de transporte aéreo
público no regular internacional de pasajeros, correo, carga y/o mixtos
en la modalidad de taxi aéreo entre puntos del territorio argentino y
puntos del territorio nacional.

   CONSIDERANDO: I) que el solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos previstos en el Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.

   II) que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con el artículo
2do. de la Reglamentación aprobada por el Decreto 1124/941 de 4 de junio
de 1941, el cual faculta a la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica (DINACIA), a adoptar decisiones en casos que
considere de urgencia como el presente, donde se entendió conveniente no
retardar el comienzo de la operación de los servicios de transporte aéreo
gestionado por la empresa referida.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea con el asesoramiento de la Comisión Nacional
de Política Aeronáutica y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE:

1

   Apruébase en los términos del artículo 2do. de la Reglamentación
aprobada por el Decreto 1124/941 de 4 de junio de 1941, la Resolución de
la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
6/2005 de 10 de enero de 2005, por la cual se autorizó a la empresa
"TANGO JET S.A." (TANGO SUR), a operar servicios de transporte aéreo
público no regular internacional de pasajeros, correo, carga y/o mixtos
en la modalidad de taxi aéreo entre puntos del territorio argentino y
puntos del territorio nacional. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (Resolución DINACIA Nº 6/2005).

2

   Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea
(Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica), a
sus efectos. Cumplido, archívese.

TABARE VAZQUEZ - AZUCENA BERRUTTI - DANILO ASTORI - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - MARIA JULIA MUÑOZ
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