Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de la empresa IMPRESOS VANNI S.A., a fin de que se le otorgue el beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de Previsión Social, a 18 (dieciocho) de sus trabajadores.
RESULTANDO: Que dada la situación por la que atraviesa la empresa, parte del personal de la misma fue enviado al Seguro por Desempleo, incluyendo a catorce trabajadores que ya han agotado el período legal de 6 meses de Seguro por Desempleo.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 15.180.
II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa instrumentar las medidas necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo a dicho personal, que en el momento no puede ser reintegrado.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Amplíase, por el plazo de noventa (90) días, el beneficio del Seguro por Desempleo que concede el Banco de Previsión Social a 18 (dieciocho) trabajadores de la firma IMPRESOS VANNI S.A. que se encuentran en condiciones legales de acceder al mismo.
El monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981.