DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MONTEVIDEO. SAN JOSE




Promulgación: 23/12/1997
Publicación: 07/01/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1920
 VISTO: la gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
para que sea declarado Monumento Histórico el puente de hierro giratorio
sobre la Barra del Río Santa Lucía que une los departamentos de Montevideo
y San José a través de la Ruta Nacional Nº 1;

  RESULTANDO: I) que el 25 de enero de 1925 fue inaugurado el puente de
hierro giratorio sobre la Barra del Río Santa Lucía;

  II) que es una audaz estructura metálica que constituye una obra de
ingeniería representativa del 1er. Cuarto del Siglo XX;

 III) que el puente giratorio sobre la Barra del Río Santa Lucía es
motivo de orgullo nacional por haber sido el puente de hierro más largo de
América Latina, en su tiempo y uno de los más importantes del mundo,
ejemplo de un valioso aporte tecnológico al permitir la navegación por ser
su parte central giratoria;

 CONSIDERANDO: I) el valor que el mismo tiene en el Patrimonio Cultural
de la Nación en tanto se encuentra integrado al paisaje de la Barra de
Santa Lucía;

 II) que el mismo es expresión de una época de auge del país, que se
objetivara en realizaciones de obras como la presente, al tiempo que
agilitó la aplicación de la Ley de Vialidad y Obras Públicas;

 ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión
del Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en la Ley 14.040 de
20 de octubre de 1971, en el Decreto 536/72 de fecha 01 de agosto de 1972;

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

 DECLARASE Monumento Histórico el puente de hierro giratorio sobre la
Barra del Río Santa Lucía que une los departamentos de Montevideo y San
José a través de la Ruta Nacional Nº 1;

2

El Monumento Histórico quedará afectado por las servidumbres
dispuestas en el artículo 8 de la Ley 14.040 de 20 de octubre de 1971;

3

 Comuníquese al Ministerio de Educación y Cultura, la Intendencia
Municipal de Montevideo, a la Junta Departamental de Montevideo, al
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la Intendencia Municipal de
San José, a la Junta Departamental de San José y a la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación.-

SANGUINETTI - SAMUEL LICHTENSZTEJN
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