VISTO: La Resolución Nº 1.005/003, de 29 de julio de 2003.
RESULTANDO: I) Que por la referida Resolución se otorgó el beneficio de
Seguro por Desempleo a 10 (diez), trabajadores de LA NUEVA CERRO S.A.
II) Que se padeció error en dicha Resolución ya que se le otorgó a un
trabajador por 30 (treinta) días, debiéndosele otorgar por 90 (noventa)
días.
CONSIDERANDO: Que se entiende conveniente modificar los numerales 1º y 2º
de la Resolución Nº 1.005/003, de 29 de julio de 2003, a efectos de
posibilitar que todos los trabajadores se encuentren en la misma
condición.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
(*)
(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 1.005/003 de 29/07/2003 numerales 1 y 2.
COMUNIQUESE, publíquese, etc.
BATLLE - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLOAyuda