El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
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El monto de la prestación según la causal que corresponda a cada trabajador será:
a. para trabajadores con remuneración mensual fija o variable, el equivalente al 50% (cincuenta por ciento) del promedio mensual de las remuneraciones nominales computables percibidas en los últimos seis meses inmediatos anteriores a la configuración de la causal.
b. Para trabajadores con remuneración por día o por hora, el equivalente a 12 jornales mensuales, el monto de cada cual se obtendrá dividiendo el total de las remuneraciones nominales computables percibidas en los últimos seis meses inmediatos anteriores a configurarse la causal, por ciento cincuenta.
c. El monto máximo de la prestación conforme a lo establecen los literales a y
d. será el equivalente a 8 BPC por mes.