PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. FRIGORIFICO PUL S.A.




Promulgación: 21/02/1998
Publicación: 05/03/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    VISTO: La solicitud efectuada por el Plenario Intersindical de
Trabajadores - Convención Nacional de Trabajadores (PIT-CNT), a fin de que
se extienda el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de
Previsión Social a 2 (dos) empleados del FRIGORIFICO PUL S.A..

    RESULTANDO: I) Que la empresa dispuso el despido de trabajadores en
enero del año 1998.

                II) Que dicha medida, provoco un conflicto laboral, cuya
solución recién se esta negociando entre los interlocutores sociales
representativos de las partes involucradas y los representantes del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en la sede de dicha Secretaría
de Estado y en la Agencia Zonal de Melo (Cerro Largo).

    CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

                  II) Que resulta de interés general el mantenimiento de
la fuente de trabajo que proporciona la empresa, teniendo presente que
dentro de las cláusulas contenidas en las actas de los preacuerdos, y en
consideración a la incertidumbre sobre el futuro de las relaciones
laborales, se ha solicitado la posibilidad de la cobertura del Seguro de
Paro.

                 III) Que en tal sentido, resulta conveniente conceder una
extensión del amparo al Seguro por Desempleo para que los trabajadores
gocen de las necesidades básicas a efectos de permitir facilitar que las
negociaciones concluyan con una solución lo más equitativa posible al
interés de las partes, pues, la no concesión del beneficio, significaría
un serio obstáculo al éxito de la negociación.

    ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el
artículo 10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE

1

Extiéndese por el plazo de 60 (sesenta) días, a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por Desempleo
que otorga el Banco de Previsión Social, a los 2 (dos) trabajadores de la
firma FRIGORIFICO PUL S.A., que se encuentren en condiciones legales de
acceder al mismo. 

2

COMUNIQUESE, publíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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