VISTO: la solicitud de la empresa NIDERA URUGUAYA S. A. respecto a que se
modifique el numeral 6° de la Resolución N° 356/009 de fecha 27 de abril
de 2009, adecuándolo al nuevo cronograma de ejecución de inversiones;
RESULTANDO: que dicha solicitud se basa en demoras en la aprobación del
proyecto no imputables a la empresa;
CONSIDERANDO: que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de la
Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe realizado por el
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, decide recomendar al Poder
Ejecutivo se acceda a lo solicitado por la empresa;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Comuníquese al Ministerio de Industria, Energía y Minería, a la Dirección
Nacional de Aduanas, a la Dirección General Impositiva, notifíquese a la
empresa y remítase a la Comisión de Aplicación para su archivo.
JOSE MUJICA - TABARE AGUERRE - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN