DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO. COLONIA




Promulgación: 07/03/1989
Publicación: 20/06/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 264

2

      Dicho inmueble queda afectado por las siguientes servidumbres:

a) Prohibición de realizar modificaciones arquitectónicas que alteren
   las líneas, el carácter o la finalidad  del  edificio,  sin  previo
   consentimiento de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y
   Cultural de la Nación;
b) Prohibición  de destinar  el bien  a  usos  incompatibles  con  las
   finalidades de la ley 14.040 de 20 de octubre  de 1971;
c) Obligación  de proveer a la conservación del inmueble y de ejecutar
   las reparaciones necesarias para ese fin;
d) Obligación  de permitir  las inspecciones  que disponga la Comisión
   del Patrimonio  Histórico, Artístico y Cultural de la Nación a  los
   fines de la comprobación del estado de conservación  del bien y del
   fiel cumplimiento  de las obligaciones y prohibiciones consagradas
   por la referida ley 14.040.
Ayuda