Quedan formuladas las siguientes reservas: a) el derecho de
adquisición a que refiere el artículo 26 de la reglamentación de la
Sección II, del Capítulo II, del Título IX del Código Aeronáutico
aprobado por el Decreto 39/977 citado; b) el derecho de transmisión de
mensajes clase "B" por la Dirección General de Infraestructura
Aeronáutica.