Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud del Sindicato de la empresa FIBRATEX S.A., a fin de
que se le otorgue prórroga del beneficio del subsidio por desempleo que abona el Banco de Previsión Social, a dos (2) trabajadores de la referida
empresa, al amparo de la ley 18.210 del 3 de diciembre de 2007.
RESULTANDO: Que la mencionada norma legal faculta al Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social a extender por razones de interés general, y por un
plazo de hasta 180 días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de
la empresa FIBRATEX S.A, afectados por el cese de sus actividades.
CONSIDERANDO: Que en uso de las facultades indicadas se entiende
conveniente ampliar la cobertura del beneficio de Seguro por Desempleo a
dos (2) trabajadores de la mencionada empresa.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 1º
de ley Nº 18.210 del 3 de diciembre de 2007.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
AMPLIASE por el plazo de noventa (90) días o su saldo, el beneficio del
subsidio por desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a dos (2)
trabajadores de la EMPRESA FIBRATEX S.A que se encuentran en condiciones
legales de acceder al mismo.
EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta Resolución se concede se liquidará
conforme a lo establecido en el artículo 7.2) del decreto-ley Nº 15.180 de
20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la ley Nº
18.399 de 24 de octubre de 2008.