Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
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Para recibir el incentivo será necesario:
a) prestar efectivamente funciones en el Inciso 12
b) no recibir las compensaciones establecidas por los artículos 305 o 307
de la Ley 16.320.
c) No ocupar cargos políticos o de particular confianza.
d) No registrar inasistencias, salvo las licencias autorizadas en el
inciso 2do. del Artículo 306 referido.