DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. SAN JOSE




Promulgación: 27/12/1996
Publicación: 15/01/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1306
  Visto: La gestión de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y
Cultural de la Nación para que sea declarada Monumento Histórico la
Capilla Nuestra Señora del Huerto ubicada en la Ciudad de San José;

  Resultando: 1) Se trata de una construcción del año 1889, habiendo sido
bendecida el 24 de marzo de 1895;

2) Desde el punto de vista arquitectónico es un ejemplo ecléctico-
historicista, neogótica, interesante por su volumetría, por la importante
concordancia estilística entre el lenguaje interno y el externo;

3) Que su presencia en la Ciudad de San José la convierte en un testimonio
urbano importante y característico;

  Considerando: 1) Que es convicción unánime de la Comisión del Patrimonio
que preservando este inmueble se rescata para el acervo cultural
departamental y nacional un Monumento de singular trascendencia;

2) Que el Poder Ejecutivo animado de propósito de proteger aquellos bienes
culturales que representan un importante valor para la comunidad donde se
encuentran, en este caso la Maragata, accederá a lo solicitado declarando
Monumento Histórico la Capilla Nuestra Señora del Huerto de la Ciudad de
San José;

  Atento: A lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión
del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, a lo
establecido en la Ley Nº 14.040 del 20 de octubre de 1971, en el Decreto
Reglamentario Nº 536 del 1º de agosto de 1972 y al Numeral 1º literal (g)
de la resolución del Poder Ejecutivo Nº 966/991 de 4 de diciembre de 1991,
reglamentaria del artículo Nº 168 Numeral 24 de la Constitución de la
República que permite delegar atribuciones;

                El Ministro de Educación y Cultura en ejercicio de las
                atribuciones delegadas,

                           RESUELVE:

1

   Declarar Monumento Histórico la Capilla Nuestra Señora del Huerto
Padrón Nº 1547, ubicada en la 1 Sección Judicial del Departamento de San
José, manzana catastral 91, con frente a la calle Colón 624.

2

   El inmueble quedará afectado por las servidumbres dispuestas en el
artículo Nº 8 de la ley Nº 14.040 del 20 de octubre de 1971.

3

   Comuníquese al Registro de la Propiedad Inmueble del departamento de
San José, a la Intendencia Municipal de San José, a la Junta Departamental
de San José, a la Diócesis del departamento de San José, al Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, al Consejo de Educación Primaria, a la
Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación.

SAMUEL LICHTENSZTEJN
Ayuda