DECLARACION DE AEROPUERTO INTERNACIONAL. PAYSANDU




Promulgación: 09/12/1997
Publicación: 22/12/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1732
    VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea, por la cual
solicita se declare al Aeropuerto Departamental de Paysandú, Brigadier
General (Av.) don Tydeo Larre Borges, como Aeropuerto Internacional.-

    RESULTANDO: que por el artículo 2do. del Decreto 387/983 de 7 de
octubre de 1983, el Aeropuerto Departamental de Paysandú se encuentra
categorizado a los efectos del pago por servicios aeroportuarios como de
tercera categoría.-

    CONSIDERANDO: I) que el Aeropuerto de referencia opera como
internacional, cumpliendo con los trámites de migración y aduana
correspondientes.-

    II) lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con el
asesoramiento de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica.-

    ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dictaminado por la
Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional y a lo preceptuado por
los artículos 7mo., 65to., 66to. y 68vo. del Código Aeronáutico, aprobado
por el Decreto-Ley 14.305 de 29 de noviembre de 1974.-

                    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

   Declárase Aeropuerto Internacional al Aeropuerto Departamental de
Paysandú, Brigadier General (Av.) don Tydeo Larre Borges.-

2

   Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea
para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA - DIDIER OPERTTI - JUAN ALBERTO MOREIRA -
CONRADO SERRENTINO - JOSE RAUL BUSTOS - CARLOS GASPARRI
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