VISTO: la solicitud de la empresa SUARIS S.A., inscripta en el RUT con el
Nro. 21/556802/0015, de obtener la declaratoria promocional para la
actividad que se propone realizar según su proyecto de inversión y la
concesión de diversos beneficios promocionales.
RESULTANDO: que el proyecto presentado tiene como objetivo la construcción
de un nuevo hotel 4 estrellas, del estilo Hotel Boutique en la ciudad de
Punta del Este.
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizada por el Ministerio de Turismo y Deporte, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley;
II) que el proyecto presentado por SUARIS S.A. da cumplimiento con el
artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de 1998.
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974, Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998, el Decreto 175/003 del 7 de mayo de 2003 y modificativos y
el Decreto 455/007 del 26 de noviembre de 2007 y modificativos.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
SUARIS S.A., tendiente a la construcción de un nuevo hotel 4 estrellas,
del estilo Hotel Boutique, en la ciudad de Punta del Este por un monto de
UI 41.372.247.-, de los cuales UI 40.984.720.- se considera inversión
elegible.