Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas
vigentes emanadas de las autoridades competentes en la implantación,
ejecución y funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento
podrá cuando a ello hubiera mérito, traer aparejado de oficio o a
petición de parte, la revocación de la declaración de Interés Nacional,
de conformidad a lo dispuesto en el Art. 13 del Decreto Ley No. 14.178
de Promoción Industrial y demás disposiciones concordantes o que se
establezcan.