DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. CURTIEMBRE BRANAA S.A.




Promulgación: 30/12/1996
Publicación: 16/01/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1347

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       Otórgase a la firma CURTIEMBRE BRANAA S.A. la exoneración
prevista en el art. 1º del Decreto Ley Nº 15.548, con la redacción
dada por el art. 419 de la Ley Nº 15.903, hasta un monto máximo
generador de dicha exoneración de U$S 4.337.615, que será aplicable
a los ejercicios fiscales comprendidos entre el 1º/08/95 y el 31/07/97.
En virtud del art. 3º del Decreto Ley No. 15.548, el financiamiento del
presente proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del ahorro
previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9º.
La empresa CURTIEMBRE BRANAA S.A.  tendrá un plazo máximo para
realizar las modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios
ampliando el capital autorizado, y emitir las acciones correspondientes
al capital integrado, de acuerdo al inciso 1º del presente numeral,
hasta 31/07/98.
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