VISTO: la solicitud de la empresa TRANSPORTE SENDERO S.R.L. con número de
RUT 160257960015, de obtener la declaratoria promocional para la actividad
que se propone realizar según su proyecto de inversión y la concesión de
diversos beneficios promocionales;
RESULTANDO: que el proyecto presentado tiene como objetivo la compra de
camiones acoplados y zorras para el transporte nacional e internacional de
carga vía terrestre para terceros;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, de acuerdo a lo establecido en el
art. 10° del Decreto N° 455/007, de 27 noviembre de 2007, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley;
II) que el proyecto presentado por TRANSPORTE SENDERO S.R.L. da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
TRANSPORTE SENDERO S.R.L., tendiente a la compra de camiones acoplados y
zorras, para el transporte nacional e internacional de carga vía terrestre
para terceros, por un monto de UI 4.924.646.