DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MONTEVIDEO




Promulgación: 03/11/1995
Publicación: 11/12/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 560

2

   Los bienes quedan afectados por las siguientes servidumbres:
prohibición de realizar cualquier modificación arquitectónica,
paisajística o de cualquier otra índole que altere o modifique el área
protegida sin el consentimiento previo de la Comisión del Patrimonio
Histórico, Artístico y Cultural de la Nación; prohibición de destinar el
Monumento Histórico a usos incompatibles con las finalidades de la Ley
Nº 14.040; obligación de prever la conservación del inmueble; obligación
de permitir las inspecciones que disponga la Comisión del Patrimonio
Histórico, Artístico y Cultural de la Nación a los efectos de la
comprobación del estado de conservación del bien y del fiel cumplimiento
de las obligaciones y prohibiciones consagradas por la Ley Nº 14.040.
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