APROBACION DE LAS BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA 2011 DE FONDOS CONCURSABLES PARA LA CULTURA




Promulgación: 15/03/2011
Publicación: 11/04/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 528
VISTO: Estas actuaciones originadas con la solicitud de la Dirección
Nacional de Cultura gestionando la aprobación de las Bases que regirán la
Convocatoria 2011 de Fondos Concursables para la Cultura.

RESULTANDO: I) Para el ejercicio 2011 en el marco de los Fondos
Concursables para la Cultura, se convoca a la presentación de proyectos
tanto en el Fondo Regional como en el Nacional en las siguientes áreas:
Artes Visuales, Danza, Letras, Memoria y Tradiciones, Música, otros
Proyectos Culturales, Revistas especializadas en cultura, Relato Gráfico,
Teatro y Formación.

II) Existiendo disponibilidad suficiente se asigna para la Convocatoria
2011 la suma de $ 17.292.600 (pesos uruguayos diecisiete millones
doscientos noventa y dos mil seiscientos) que se distribuyen tanto en el
Fondo Regional como Nacional entre las diferentes categorías convocadas.

III) Que el importe asignado a la Convocatoria 2011 de Fondos Concursables
para la Cultura se encuentra dentro del ámbito de la competencia para
gastar del Poder Ejecutivo en su calidad de Ordenador Primario de
conformidad con lo establecido en los Arts. 27 al 30 del TOCAF.

CONSIDERANDO: I) Que el objetivo principal de los Fondos Concursables para
la Cultura en la Convocatoria 2011, es apoyar las realizaciones culturales
y contribuir a la democratización, mejorando las oportunidades de acceso a
los bienes y servicios culturales de aquellos sectores de la población que
tienen menos contacto con la oferta, por lo que constituye una prioridad
de las políticas culturales desarrolladas por esta Administración.

II) Que razones de buena administración, así como la necesidad de de
agilitar los procedimientos habilitan a delegar en el Ministro de
Educación y Cultura o en quien haga sus veces, la atribución del Poder
Ejecutivo relacionada con la homologación del fallo de los jurados y la
adjudicación y pago de los montos asignados a los proyectos que resultaren
seleccionados.

ATENTO: A lo expuesto, a lo dispuesto por los Arts. 238 de la Ley 17.930
de 19 de diciembre de 2005, 31 de la Ley 18.046 de 24 de octubre de 2006,
Art. 4 nal. 1°) del Decreto 364 de 1ro. de Octubre de 2007 y Arts. 160 y
168 nal. 24 de la Constitución de la Constitución de la República,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     Actuando en Consejo de Ministros

                                RESUELVE:

1

 APRUÉBANSE las bases que regirán la Convocatoria 2011 de Fondos
Concursables para la Cultura, las que se anexan y forman parte de la
presente resolución. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

 DISPÓNESE previa intervención del Tribunal de Cuentas de la República, la
Convocatoria pública para la presentación de proyectos conforme lo
establecen las bases que se aprueban.

3

 DELÉGASE en el Ministro de Educación y Cultura o quien haga sus veces la
atribución del Poder Ejecutivo concerniente a la homologación del fallo de
los jurados y la adjudicación y pago de los montos asignados a los
proyectos que resultaren seleccionados en el marco de la Convocatoria 2011
de Fondos Concursables para la Cultura.

4

 El delegatario remitirá a la Secretaría de la Presidencia de la República
dentro de las cuarenta y ocho horas de dictadas, copia de las resoluciones
que se dicten en ejercicio de las atribuciones que se le delegan en la
presente.
Los responsables de cuyos proyectos produzcan bienes, tales como libros,
revistas, catálogos, CD, DVD u otros, cuando las bases de la categoría no
dispongan otra cosa deberán entregar gratuitamente el 10% del tiraje al
Ministerio de Educación y Cultura para ser distribuido según éste
disponga.

6.2- INCUMPLIMIENTO
En caso de incumplimiento de las condiciones que según las presentes bases
se establecerán contractualmente, operará la resolución y/o rescisión del
contrato de pleno derecho, debiendo el responsable proceder al reintegro
de los importes y/o montos que le fueran entregados en un plazo máximo de
10 días a partir de la fecha de comunicación por del Ministerio de
Educación y Cultura.
Sin perjuicio de ello y de las responsabilidades civiles o penales a que
hubiere lugar, el incumplimiento de los compromisos asumidos por el
responsable será publicado en la página web
www.fondoconcursable.mec.gub.uy del Ministerio de Educación y Cultura y en
el Registro Público de Proyectos de Fomento Artístico Cultural. Las
sanciones y demás medidas que correspondan serán impuestas mediante
resolución administrativa dictada por la autoridad competente.

6.3.- CONTROLES Y SANCIONES
La información referente a los proyectos subvencionados y su estado de
ejecución será de acceso público a través de la página web
www.fondoconcursable.mec.gub.uy del Ministerio de Educación y Cultura.
Allí se publicarán total o parcialmente los contenidos de los proyectos
premiados, los cronogramas, informes de avance, informes finales de
evaluación, materiales de difusión y rendiciones de cuentas.
También será pública la lista de los responsables de proyectos y los
responsables de contenidos culturales.
Asimismo, en la página web www.fondoconcursable.mec.gub.uy del Ministerio
de Educación y Cultura se publicarán los incumplimientos en la ejecución
de los proyectos, cuyos responsables (legal y de contenidos culturales) no
podrán presentar proyectos en las siguientes tres convocatorias.

VII - FALSEDAD DE LOS DATOS APORTADOS

El jurado y/o la Dirección Nacional de Cultura podrán verificar la
autenticidad de la información y los documentos proporcionados por el
responsable legal del proyecto durante todo el proceso de postulación y
ejecución del proyecto.
Si se comprobara que el responsable legal del proyecto ha falseado alguna
información o documento adjunto (auspicios, patrocinios, cartas compromiso
de instituciones y personas, cartas de aceptación, contratos, recursos y
condiciones indicados en ellos, diplomas, certificaciones de estudio,
etcétera), será automáticamente eliminado, se publicará la infracción en
la página web www.fondoconcursable.mec.gub.uy del Ministerio de Educación
y Cultura y quedará inhabilitado para presentar proyectos en las tres
siguientes convocatorias. Además, en caso de que se compruebe que el
responsable legal de proyecto ha falseado alguna información o documento
adjunto durante la ejecución del proyecto, operará la resolución y/o
rescisión del contrato de pleno derecho, debiendo el responsable proceder
al inmediato reintegro de los importes que le hubieran sido entregados por
el Ministerio de Educación y Cultura para la ejecución del proyecto.
Sin perjuicio de las responsabilidades civiles y/o penales a que dé lugar
la falsedad comprobada, los hechos referidos serán puestos en conocimiento
de la autoridad competente a los efectos de resolver sobre la aplicación
de sanciones o medidas que correspondan de acuerdo a derecho.

Información y consultas

Las bases podrán obtenerse en:
* La página web www.fondoconcursable.mec.gub.uy
* Fondo Concursable para la Cultura - Reconquista 535, Montevideo, de
  9 a 17 horas
* Dirección Nacional de Cultura - MEC, San José 1116, Montevideo, de 9
  a 17 horas
* Centros MEC de todo el país.
* Direcciones de Cultura de las intendencias departamentales. Los
  formularios podrán obtenerse en:
* La página web www.fondoconcursable.mec.gub.uy
* Solicitándolos por correo electrónico a
  info@fondoconcursable.mec.gub.uy

Consultas
Se recomienda realizar las consultas por escrito, mediante el correo
electrónico info@fondoconcursable.mec.gub.uy. Serán respondidas por el
mismo medio.
Se recomienda visitar la página web www.fondoconcursable.mec.gub.uy para
consultar el calendario de charlas informativas.
El plazo para realizar consultas vencerá indefectiblemente el 6 de mayo de
2011 a las 17 horas.

Contenido
  I.- PRESENTACIÓN                                             1
      1.1.- FONDO REGIONAL                                     1
      1.2.- FONDO NACIONAL                                     2
 II.- LOS POSTULANTES                                          3
      2.1- RESPONSABLE LEGAL                                   3
      2.2- RESPONSABLE DE CONTENIDOS CULTURALES                3
      2.3- RESTRICCIONES, LIMITACIONES DEL RESPONSABLE
      LEGAL Y DE CONTENIDOS CULTURALES                         3
      2.4- DERECHO DE AUTOR                                    4
      2.5- ACEPTACIÓN DE LAS BASES                             4
III.- PROYECTO DE FOMENTO ARTÍSTICO CULTURAL                   5
      3.1- FORMULARIO OBLIGATORIO                              5
      3.2- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR                           5
      3.3- FINANCIAMIENTO                                      6
      3.4- CANTIDAD DE PROYECTOS A PRESENTAR                   6
      3.5- FECHA DE INICIO Y DURACIÓN DE LOS
      PROYECTOS                                                7
      3.6- PLAZOS DE INSCRIPCIÓN DE PROYECTOS                  7
      3.7- LUGAR DE INSCRIPCIÓN DE LOS PROYECTOS               7
  IV. CATEGORÍAS                                               8
      4.1. ÁREA ARTES VISUALES                                 9
      4.2. DANZA                                              11
      4.3. ÁREA MÚSICA                                        13
      4.4. TEATRO                                             15
      4.5. ÁREA LETRAS                                        17
      4.6. ÁREA MEMORIA Y TRADICIONES                         19
      4.8. REVISTAS ESPECIALIZADAS EN CULTURA                 20
      4.8. RELATO GRÁFICO_COMICS                              22
      4.9. ÁREA DE FORMACIÓN                                  23
      4.10. OTROS PROYECTOS CULTURALES                        25
   V- ADMISIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS                  26
      5.1.- JURADOS                                           26
      5.2.- ADMISIÓN                                          26
      5.3.- ETAPAS DE EVALUACIÓN:                             27
      5.4.- FALLOS                                            28
      5.5- INFORMACIÓN DE RESULTADOS                          29
  VI- CONVENIO CON LOS PROYECTOS PREMIADOS                    29
      Concesión del Monto y plazos para la ejecución          30
      a) Informes descriptivos y de evaluación                30
      b) Informes de revisión limitada                        30
      6.1.- OBLIGACIONES                                      30
      De los proponentes                                      30
      6.2- INCUMPLIMIENTO                                     31
      6.3.- CONTROLES Y SANCIONES                             31
VII - FALSEDAD DE LOS DATOS APORTADOS                         32
Información y consultas                                       32

5

 COMUNÍQUESE y pase a la Dirección Nacional de Cultura a todos sus
efectos.

JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - PEDRO BUONOMO - LUIS ROSADILLA - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - NELSON  LOUSTAUNAU - DANIEL OLESKER - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - GRACIELA MUSLERA - ANA MARÍA VIGNOLI
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