APERTURA DE CONSULADO DE DISTRITO DE URUGUAY. VENECIA. ITALIA




Promulgación: 01/11/1994
Publicación: 14/11/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 1407
 Visto: las necesidades del servicio.

 Resultando: que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 20/5/75 fue
clausurado el Consulado de Distrito de la República en la ciudad de
Venecia, República Italiana.

 Considerando: que la existencia de una Oficina Consular de la República
en dicha ciudad de contribuir al afianzamiento de las relaciones entre
ambos países, especialmente en el ámbito cultural y turístico.

 Atento: a que el Gobierno de la República Italiana ha acordado la
anuencia necesaria para la reapertura del Consulado de Distrito de la
República en la ciudad de Venecia, conforme lo prevé el art. 4º de la
Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de fecha 24 de abril de
1963 y a lo informado por el Departamento de Administración Consular de la
Dirección de Asuntos Consulares de este Ministerio.

            El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

  Restablécese el Consulado de Distrito de la República en la ciudad de
Venecia, República Italiana.

2

  Dicha Oficina Consular tendrá jurisdicción sobre la Región del Veneto;
provincias de Belluno, Padua, Rovigo, Treviso, Venecia, Verona y Vicenza;
la Región de Friuli-Venecia Julia; provincia de Goritzia y Udine y el
territorio de Trieste.

3

 Comuníquese, etc.

LACALLE HERRERA - SERGIO ABREU
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