AUTORIZACION PARA LA CREACION DEL INSTITUTO CARDIOVASCULAR DEL URUGUAY. INSTITUTO DE MEDICINA ALTAMENTE ESPECIALIZADA




Promulgación: 16/07/2002
Publicación: 23/07/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 107
VISTO: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por el 
Instituto Cardiovascular del Uruguay (ICU);

RESULTANDO: que por la misma solicita la creación como Instituto de 
Medicina Altamente Especializada (I.M.A.E.) que funcionará en el marco de 
Médica Uruguaya Corporación de Asistencia Médica, quien le proporcionará 
la infraestructura necesaria;

CONSIDERANDO: I) que los interesados dieron cumplimiento a las 
disposiciones legales vigentes;

II) que la Dirección General de la Salud y la División Servicios de Salud 
no formulan objeciones al respecto;

ATENTO: a lo establecido en el Decreto-Ley Nº 15.181 de 21 de agosto de 
1981 y Decreto No. 358/993 de 5 de agosto de 1993;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Autorízase la creación del Instituto Cardiovascular del Uruguay (ICU) 
como Instituto de Medicina Altamente Especializada (I.M.A.E.), que 
funcionará en el marco de Médica Uruguaya Corporación de Asistencia 
Médica, quien le proporcionará la infraestructura necesaria.

2

 Establécese que previo a la puesta en funcionamiento del Servicio 
mencionado deberá recabarse la correspondiente habilitación ante el 
Ministerio de Salud Pública.

3

 Comuníquese.

BATLLE - ALFONSO VARELA


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