APROBACION TEXTO OFICIAL DEL CODIGO CIVIL. LEY 16.603




Promulgación: 21/11/1995
Publicación: 29/11/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 646
  Visto: la Ley Nº 16.603 de 19 de octubre de 1994 que aprueba las
modificaciones dispuestas al texto del Código Civil;

  Resultando: que su artículo 6º dispone que el Poder Ejecutivo, previo
informe de la Comisión Nacional designada por la Ley Nº 15.821 podrá
efectuar la corrección de los errores u omisiones numéricos o formales
que se comprueben en la misma, dando cuenta a la Asamblea General;

  Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley
Nº 16.603 de 19 de octubre de 1994;

                      El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

   Apruébase el texto oficial del Código Civil (Ley Nº 16.603) con las
correcciones efectuadas por la Comisión Nacional designada por la Ley
Nº 15.821.

2

   Cométese al Ministerio de Educación y Cultura, a través de la Dirección
Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales, la publicación de la
edición oficial del Código Civil, con el informe de la Comisión Nacional
que lo elaboró, así como las publicaciones ajenas al texto que contenía la
edición oficial.

3

   Dése cuenta a la Asamblea General.

SANGUINETTI - SAMUEL LICHTENSZTEJN
Ayuda