DELEGACION DE ATRIBUCIONES AL PRESIDENTE DE LA DELEGACION URUGUAYA EN LA COMISION MIXTA URUGUAYO-BRASILEÑA PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DE LA LAGUNA MERIN
VISTO: la nota presentada por el Presidente de la Delegación Uruguaya en
la Comisión Mixta Uruguayo-Brasileña para el desarrollo de la cuenca de la
Laguna Merín, relativa a la solicitud de autorización para adquirir, una
embarcación para la realización del relevamiento y planificación
cartográfica de la Laguna Merín.
RESULTANDO: I) Que en la reunión de los Presidentes de la República
Federativa del Brasil, Luis Ignacio Lula da Silva y de la República
Oriental del Uruguay José Alberto Mújica Cordano el día 30 de julio de
2010 "Concordaron que es necesario proceder, en el plazo más breve
posible, a la realización de las inversiones necesarias para la
implantación de la Hidrovía Uruguay-Brasil, incluyendo obras de
infraestructura, dragado, balizamiento y señalización".
II) Que por Acuerdo entre los Presidentes de la República Oriental del
Uruguay y la República Federativa del Brasil, se perfeccionó el Acuerdo
sobre transporte Fluvial y Lacustre de la Hidrovía Uruguay-Brasil, siendo
necesario en dicho marco dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo
referido y efectuar el relevamiento y planificación cartográfica de la
Laguna Merín.
III) Que en ese contexto se creó un Grupo de Trabajo formado por los
servicios hidrográficos de ambos países y se establecieron las prioridades
para dicho relevamiento, aprobándose por ambos servicios hidrográficos, el
planeamiento cartográfico, en reunión del día 14 de mayo de 2012 y
estableciéndose un plan de trabajo.
IV) A los efectos de la realización de los trabajos acordados se deberá
contar con dos embarcaciones, una por nuestro país y otra por la República
Federativa del Brasil, la que debería tener entre otras características,
la capacidad para que el personal técnico pueda pernoctar abordo ante las
dificultades de acceso a la zona, servir de plataforma para el
equipamiento técnico que efectuará las mediciones y tener calado reducido.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en los artículos
160 y 168 numeral 24 de la Constitución de la República y artículos 27
literal b) y 30 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración
Financiera del Estado, aprobado por el Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de
2012.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
Delégase en el Presidente de la Delegación Uruguaya en la Comisión Mixta
Uruguayo-Brasileña para el Desarrollo de la Cuenca de la Laguna Merín,
Señor Embajador Daniel Bentancur las facultades necesarias para proceder a
la adquisición de una embarcación mediante el procedimiento competitivo de
contratación correspondiente, así como a firmar la documentación de
estilo.