Visto: el informe producido por la Comisión Nacional de Arqueología,
relacionado con el orden de prioridades establecido de acuerdo al
artículo 3º del decreto 386/976 de 29 de junio de 1976.
Considerando: I) Que la mencionada Comisión plantea, como primer
objetivo la preservación del patrimonio arqueológico prehistórico de la
zona del país que habrá de quedar cubierta por las aguas del lago que
formará la represa en construcción de Salto Grande;
II) Que dicha Comisión ha elaborado un programa de rescate
arqueológico al efecto;
III) Que existe necesidad de proceder con urgencia a llevar a cabo
las mencionadas obras de rescate, en razón del breve tiempo que
permanecerá accesible la zona.
Atento: a lo antes expuesto, al informe favorable de la Comisión del
Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación y a lo dispuesto
en la ley 14.040 y su decreto reglamentario,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Declárase de Interés Nacional, con carácter de urgente, el rescate
arqueológico de los bienes prehistóricos existentes en la zona de los
Departamentos de Salto y Artigas que habrán de quedar cubiertas por las
aguas del embalse de la represa de Salto Grande.
Apruébase el programa de rescate presentado por la Comisión Nacional de
Arqueología, a que se hace referencia en la parte expositiva de la
presente resolución.
Facúltase a la Comisión Nacional de Arqueología, a proceder al rescate
arqueológico prehistórico de dicha zona, con sujeción al programa
mencionado en el numeral anterior.
Publíquese, comuníquese a la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico
y Cultural de la Nación, a la Comisión Nacional de Arqueología y cumplido
archívese.