PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. S.A. FABRICA URUGUAYA DE ALPARGATAS S.A.F.U.A.




Promulgación: 01/11/1995
Publicación: 16/11/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
     Visto: El planteo efectuado por la firma S.A. FABRICA URUGUAYA DE
ALPARGATAS, a efectos de que se extienda hasta el día 31 de diciembre del
presente año, el beneficio de Seguro por Desempleo para sus trabajadores
del Sector Textil cuyo amparo legal y prórrogas vencen desde el mes de
agosto de 1995 en adelante.

     Resultando: I) Que la mencionada empresa se vio obligada a enviar al
Seguro por Desempleo a los trabajadores de la Sección Calzado, por
problemas económicos y mercadológicos que han afectado a la Industria
Textil Nacional, determinando que los trabajadores del Sector Textil de la
firma mencionada se vieran obligados a solicitar prórroga.

     II) Que factores coyunturales adversos, determinan que la empresa se
vea imposibilitada de reintegrar en forma inmediata a sus trabajadores,
sin perjuicio de que avanzadas gestiones permitirían colocar en mercados
extrarregionales su producción.

     Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el Decreto-Ley Nº 15.180.

     II) Que resulta de interés general mantener una importante fuente de
trabajo y producción, transitoriamente paralizada por los factores
expuestos, en virtud que la no concesión de dicho beneficio significaría
un evidente problema social.

     III) Que resulta conveniente conceder una nueva extensión del amparo
del Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la empresa seguir
instrumentando las medidas tendientes a la reactivación de la firma con
la finalidad de mantener la fuente de trabajo.

     Atento: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo
10 del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                         El Presidente de la República

                                   RESUELVE:

1

     Extiéndese hasta el 31 de diciembre de 1995, a contar de los
respectivos vencimientos de la última prórroga o plazo legal, el amparo a
los beneficios del Seguro por Desempleo que otorga el Banco de Previsión
Social, a los 27 (veintisiete) trabajadores del Sector Textil de la S. A.
FABRICA URUGUAYA DE ALPARGATAS (S.A.F.U.A.). 

2

     Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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