VISTO: la solicitud del señor Luis Fabián Gulla Dattoli para que se le
autorice a operar servicios de transporte aéreo no regular nacional de
pasajeros y carga en la modalidad de taxi aéreo.-
RESULTANDO: que el solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos
previstos en el Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.-
ATENTO: a lo informado por el Comando Genral de la Fuerza Aérea con el
asesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica y por la
Asesoría Letrada del Comando General mencionado, y a lo preceptuado por
los Decretos 39/977 de 25 de enero de 1977 y 269/978 de 16 de mayo de
1978.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase al señor Luis Fabián Gulla Dattoli a operar servicios de
transporte aéreo público no regular nacional de pasajeros y carga en la
modalidad de taxi aéreo, con el avión matrícula CX-BAS o con los que la
Dirección General de Aviación Civil autorizare, con base de operaciones en
el Aeródromo de Rocha (departamento de Rocha).-
El autorizado deberá iniciar los servicios dentro de los 90 (noventa)
días contados a partir de la notificación de esta Resolución, so pena de
caducidad de la autorización.-
Antes del comienzo de las operaciones, el autorizado deberá acreditar
ante la Dirección General de Aviación Civil la posesión de los
certificados de matrícula y aeronavegabilidad de las aeronaves a utilizar,
las licencias de su personal y la contratación de los seguros obligatorios
prescriptos por el Título XIV del Código Aeronáutico.-
Quedan formuladas las siguientes reservas: a) del derecho de
adquisición a que refiere el artículo 26 del Decreto 39/977 de 25 de enero
de 1977 y b) de transmisión de mensajes clase "B" por la Dirección General
de Infraestructura Aeronáutica.-
El autorizado deberá cumplir en un todo con lo previsto en el Decreto
269/978 de fecha 16 de mayo de 1978 y normas concordantes y con los
requerimientos legales, reglamentarios y técnicos que determine la
Dirección General de Aviación Civil, la que fiscalizará el estricto
cumplimiento de los mismos.-