CREACION DE COMISION HONORARIA DE ADMINISTRACION Y OBRAS. CENTRO AUXILIAR DE SALUD PUBLICA DE NUEVA HELVECIA




Promulgación: 05/10/1994
Publicación: 24/10/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 791
  Visto: que el Ministerio de Salud Pública se encuentra abocado a la realización de obras en el Centro Auxiliar de Salud Pública de Nueva Helvecia.

  Considerando: I) que el artículo 436 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990, habilita constituir Comisiones Honorarias con el cometido de administrar y ejecutar Proyectos previstos en el Plan de Inversiones Públicas, en un todo de acuerdo con las prescripciones del
artículo 589 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987.

  II) que la obra a realizar en el citado establecimiento se encuentra prevista en el Plan de Inversiones Públicas de la mencionada Secretaría de Estado.

  III) que es necesario constituir una Comisión Honoraria la cual se encargará de la Administración y Ejecución de la obra referida.

  IV) que se propone para integrar la misma a ciudadanos de reconocida solvencia moral y cívica.

  Atento: a lo establecido en el artículo 436 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990 y Decreto Nº 160/991 de 14 de marzo de 1991 (Interno Nº 51/991).

                       El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

    Créase la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras
del Centro Auxiliar de Salud Pública de Nueva Helvecia, que tendrá como
cometido la administración de las obras previstas en el Plan de
Inversiones Públicas del Inciso 12 -Ministerio de Salud Pública-, la que
estará integrada por las siguientes personas: Doctora GRACIELA BERAZA,
Presbítero MARIO GUERRIERO, Señor RAUL BASTLE, Señora TERESITA GOZZI,
Señora LIDIA PEREZ, Señor DANIEL ERRECARTE, Señora TERESA ESPINOSA,
Señor SAUL MULLER.
Referencias al numeral

LACALLE HERRERA - GUILLERMO GARCIA COSTA
Ayuda