VISTO: el Memorándum de Entendimiento firmado por el Gobierno de la
República Oriental del Uruguay y la Secretaría General de la Organización
de Estados Americanos (SGOEA), para la ejecución del Proyecto para la
"Protección Ambiental y Desarrollo Sostenible del Sistema Acuífero
Guaraní".
RESULTANDO: I) Que de acuerdo a lo establecido en los artículos III y IV
del referido Memorándum, resulta necesario la creación de la Unidad
Nacional de Ejecución del Proyecto, así como definir las instituciones
nacionales que representarán a nuestro país en el Consejo Superior de
Dirección del Proyecto (CSDP).
II) Que, las funciones de la citada Unidad serán las de facilitar y
coordinar la ejecución del Proyecto a nivel Nacional, siendo responsable
el Coordinador Nacional de las actividades de la misma, como así, también
de asegurar el mantenimiento y difusión a nivel nacional de la
información generada como resultado del Proyecto.
III) Que, la Dirección Nacional de Hidrografía recomienda en obrados,
atendiendo al buen funcionamiento de la Unidad Nacional de Preparación de
Proyectos, mantener las mismas instituciones representadas, incorporando
un representante del Congreso Nacional de Intendentes, en atención a
áreas de interés municipal que el proyecto presenta, sugiriendo asimismo
que el representante de la Dirección Nacional Hidrografía correspondan
las funciones de Coordinador Nacional.
CONSIDERANDO: que se estima dictar resolución que contemple la gestión de
autos.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Créase la Unidad Nacional de Ejecución del Proyecto para la "Protección
Ambiental y Desarrollo Sostenible del Sistema Acuífero Guaraní", la que
estará integrada con un representante y su correspondiente alterno de: la
Dirección Nacional de Hidrografía; Dirección Nacional de Medio Ambiente,
-quienes en forma conjunta ejercerán la Coordinación Nacional de la
referida Unidad-; Dirección Nacional de Minería y Geología; Universidad
de la República; Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca; Ministerio
de Relaciones Exteriores; Administración de las Obras Sanitarias del
Estado (O.S.E.) y Congreso Nacional de Intendentes.
Desígnase como representantes de la República Oriental del Uruguay, ante
el Consejo Superior de Dirección del Proyecto a los representantes
-titulares y alternos- de los siguientes Organismos: Dirección Nacional
de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas; Dirección
Nacional de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente y Ministerio de Relaciones Exteriores.