VISTO: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por
Médica Uruguaya Corporación de Asistencia Médica (MUCAM);
RESULTANDO: que por la misma solicita la creación y habilitación de un
Seguro Parcial Médico Quirúrgico, incluyendo internación para diagnóstico
y tratamiento médico quirúrgico, sito en Avenida 8 de Octubre 2492;
CONSIDERANDO: I) que los interesados dieron cumplimiento a las
disposiciones legales vigentes;
II) que la Dirección General de la Salud y la División Control de Calidad
no formulan objeciones al respecto;
III) que la cobertura ofrecida no difiere en nada con la que deben
prestar las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva;
ATENTO: a lo establecido en el Decreto-Ley No. 15.181 de 21 de agosto de
1981 y el Decreto Nº 495/89 de 31 de octubre de 1989;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Autorízase a Médica Uruguaya Corporación de Asistencia Médica (MUCAM) la
creación y habilitación de un Seguro Parcial Médico Quirúrgico,
incluyendo internación para diagnóstico y tratamiento médico quirúrgico,
sito en Avenida 8 de Octubre 2492, bajo la Dirección Técnica del Doctor
Emil Kamaid.