CONVENIOS. COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA




Promulgación: 25/11/1993
Publicación: 09/12/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 526
    Visto: el Convenio básico de Cooperación Científica y Técnica,
suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente y la Universidad de la República, con fecha 5 de octubre de 1990.

    Resultando I): Que para alcanzar los objetivos del referido Convenio,
se preve entre otros puntos, la comunicación recíproca respecto a becas;

II) Que para la mejor ejecución del mismo, se prevé además, la creación de
una Comisión Mixta integrada por representantes de ambas partes.

    Considerando: I) Que el artículo 452 de la ley 16.170 de 28 de
diciembre de 1990, reglamentado por el Decreto del Poder Ejecutivo de 24
de enero de 1991, habilita a ese Ministerio a conceder becas para
estudiantes universitarios.

    Atento: a lo dispuesto en la ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990 y
Decreto del Poder Ejecutivo de 24 de enero de 1991,


    El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

    Constitúyese en la órbita del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, la Comisión Mixta a que refiere el artículo
2 del Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica, suscrito entre
la Universidad de la República y esa Secretaría de Estado.

2

 La Comisión Mixta de referencia estará integrada por representantes del
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y
representantes designados por la Universidad de la República.

3

 Comuníquese, etc.

LACALLE HERRERA - MANUEL ANTONIO ROMAY - ANTONIO MERCADER
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