Visto: el Convenio básico de Cooperación Científica y Técnica,
suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente y la Universidad de la República, con fecha 5 de octubre de 1990.
Resultando I): Que para alcanzar los objetivos del referido Convenio,
se preve entre otros puntos, la comunicación recíproca respecto a becas;
II) Que para la mejor ejecución del mismo, se prevé además, la creación de
una Comisión Mixta integrada por representantes de ambas partes.
Considerando: I) Que el artículo 452 de la ley 16.170 de 28 de
diciembre de 1990, reglamentado por el Decreto del Poder Ejecutivo de 24
de enero de 1991, habilita a ese Ministerio a conceder becas para
estudiantes universitarios.
Atento: a lo dispuesto en la ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990 y
Decreto del Poder Ejecutivo de 24 de enero de 1991,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Constitúyese en la órbita del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, la Comisión Mixta a que refiere el artículo
2 del Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica, suscrito entre
la Universidad de la República y esa Secretaría de Estado.
La Comisión Mixta de referencia estará integrada por representantes del
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y
representantes designados por la Universidad de la República.