SE DISPONE LA CLAUSURA TEMPORARIA DE LA EMPRESA HOTEL GRUMETE S.R.L.




Promulgación: 11/11/1999
Publicación: 08/12/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de clausura de la Empresa Hotel EL GRUMETE S.R.L,
elevada por el Sr. Inspector General del Trabajo, Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social;

RESULTANDO: I) Que a la referida Empresa se le intimó según consta en
acta labrada el 12 de enero de 1995, por parte del Inspector actuante, la
presentación de diversa documentación a fin de fiscalizar el cumplimiento
de las leyes vigentes;

II) Que pese a las reiteradas intimaciones practicadas, la Empresa ha
sido omisa, no aportando siquiera la Planilla de Control de Trabajo;

CONSIDERANDO: La falta de interés demostrada en consecuencia, por la
administrada;

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el Decreto 680/77 y por el
Artículo 289 inciso final de la Ley Nº 15.903;

                LA MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
                en ejercicio de las atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 CLAUSURASE a la Empresa HOTEL GRUMETE S.R.L sita en la calle 20 Esquina
27 Punta del Este, Departamento de Maldonado, por un plazo de seis (6)
días quedando la misma obligada a abonar a su personal, la totalidad de
las obligaciones emergentes de la relación de trabajo, por dicho lapso.

2

 COMUNIQUESE, notifíquese, etc. 

ANA LIA PIÑEYRUA
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