TRANSFERENCIA PARCIAL DE TITULARIDAD. COMUNICACIONES AUDIOVISUALES SRL. MALDONADO




Promulgación: 14/02/2020
Publicación: 03/03/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la solicitud de autorización para realizar el negocio definitivo de cesión de cuotas sociales de Comunicaciones Audiovisuales S.R.L.;

   RESULTANDO: I) que por Resolución 1001/999 de 2 de noviembre de 1999, se autorizó al Sr. Jorge Nelson Guaraglia García a suministrar el servicio de televisión para abonados por el sistema "cable" en la localidad de Aiguá, departamento de Maldonado;

   II) que por Resolución 39/005 de 17 de febrero de 2005 la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones autorizó la transferencia de la Licencia de Telecomunicaciones Clase "D" del Sr. Jorge Nelson Guaraglia García, a favor de la empresa Comunicaciones Audiovisuales S.R.L., para la prestación del Servicio de Televisión para Abonados por la modalidad alámbrica, en la localidad de Aiguá del departamento de Maldonado, quedando integrada por los Sres. Jorge Nelson Guaraglia García y Luis Álvaro Fernández Zunín;

   CONSIDERANDO: I) que los interesados solicitaron autorización para realizar el negocio jurídico de transferencia parcial de titularidad de 50 cuotas sociales cuyo titular es el Sr. Jorge Nelson Guaraglia García a favor de los Sres. Marcelo Cardoso Mailhos y Juan Martín Echeguía Zusperreguy, 25 cuotas sociales cada uno;

   II) que analizada la documentación agregada, la parte cesionaria ha cumplido con los requisitos exigidos a efectos de acceder a lo solicitado, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

   III) que por lo reseñado y conforme a lo establecido en el artículo 109 de la cita Ley N° 19.307, corresponde que el Poder Ejecutivo autorice la realización del negocio definitivo de cesión cuotas sociales de Comunicaciones Audiovisuales S.R.L.;

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, la Ley N° 19.307 de Servicios de Comunicación Audiovisual de fecha 29 de diciembre de 2014, el Decreto N° 347/992 de 21 de julio de 1992, N° 155/005 de 9 de mayo de 2005, N° 160/019 de 5 de junio de 2019 y a lo informado por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase la realización del negocio definitivo de transferencia parcial de 50 cuotas sociales de "Comunicaciones Audiovisuales SRL" autorizada a prestar el servicio de televisión para abonados en la localidad de Aiguá, del departamento de Maldonado, cuyo titular es Jorge Nelson Guaraglia García, a favor de los Sres. Marcelo Cardoso Mailhos y de Juan Martín Echeguía Zusperreguy. Quedando integrada la sociedad con el Sr. Luis Álvaro Fernández Zunin, con 50 cuotas sociales y los Sres. Marcelo Cardoso Mailhos y Juan Martín Echeguía Zusperreguy, con 25 cuotas sociales cada uno.

   TABARÉ VÁZQUEZ - GUILLERMO MONCECCHI
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