Visto: la solicitud del Comité Nacional para el Programa Hidrológico
Internacional en el sentido de que se amplíe su integración con un
representante del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Considerando: I) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de 30 de enero
de 1976, se procedió a la creación e integración del Comité Nacional para
el Programa Hidrológico Internacional;
II) Que tratándose de un programa intergubernamental adoptado por nuestro
país bajo los auspicios de la UNESCO, corresponde, dada su vinculación
internacional, que cuente con la representación del Ministerio de
Relaciones Exteriores.
Atento: a lo dispuesto por el decreto 678/978 de 5 de diciembre de
1978 y Resolución del Poder Ejecutivo de 30 de enero de 1976 y demás
disposiciones concordantes y modificativas,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase la integración del Comité Nacional para el Programa
Hidrológico Internacional (PHI) con un representante del Ministerio de
Relaciones Exteriores.