Determínase que los créditos de la Dirección Nacional de
Comunicaciones por tasas y tarifas correspondientes a la utilización de la
subportadora de la frecuencia 104.9 Mhz., para servicios radioeléctricos
no exonerados, se devengarán desde la fecha en que se habiliten los
equipos complementarios que la emisora "METROPOLIS FM" instalará a tales
efectos.-