El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica para que se apruebe la Resolución de dicha Dirección Nacional 142/2016 de 31 de marzo de 2016, por la cual se revocó a la Empresa CARILUZ S.A., el permiso operativo en sus servicios de taxi aéreo, público nacional e internacional no regular de pasajeros, correo y carga.
RESULTANDO: I) que la mencionada Empresa obtuvo el permiso por la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica 034/2011 de 28 de enero de 2011 aprobada por la Resolución del Poder Ejecutivo 044/2012 de 8 de febrero de 2012.
II) que la Resolución antedicha, se otorgó al amparo de lo previsto en los Decretos Nros. 325/974 de 26 de abril de 1974, 39/977 de 25 de enero de 1977, 21/999 de 26 de enero de 1999 y 267/006 de 09 de agosto de 2006.
III) que habiendo vencido en exceso los plazos sin que la autorizada hubiera dado cumplimiento a la obligación asumida en cuanto a presentar la documentación requerida por la Dirección Seguridad Operacional y dar comienzo al proceso de certificación técnica correspondiente, acorde con la nueva reglamentación RAU/LAR y la Resolución DINACIA N° 435/2013 de 14 de noviembre de 2013; corresponde revocar la autorización oportunamente otorgada.
CONSIDERANDO: I) que en forma previa al Acto de revocación se confirió vista de estilo a la Empresa CARILUZ S.A., de acuerdo a lo establecido en el artículo 76 del Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991, sin que se hubiese evacuado la misma.
II) que posteriormente la Empresa realizó gestiones tendientes a lograr la certificación bajo la normativa vigente, presentando ulteriormente nota por la cual ponen de manifiesto que han resuelto no continuar con el proceso de certificación.
III) lo previsto por el artículo 121 del Código Aeronáutico aprobado por el Decreto-Ley 14.305 de 29 de noviembre de 1974 y literal B) del artículo 30 del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.
ATENTO: a los precedentemente expuesto a lo recomendado por la Junta Nacional de Aeronáutica Civil en su Sesión 88 de 25 de noviembre de 2015, a lo informado por la Asesoría Letrada de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica y a lo dictaminado por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Aprobar la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica 142/2016 de 31 de marzo de 2016, por la cual se revoca el permiso operativo otorgado a la empresa CARILUZ S.A., para operar servicios de transporte aéreo público nacional e internacional, no regular de pasajeros, correo y carga en la modalidad de Taxi Aéreo.
Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea, a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica a sus efectos. Cumplido, archívese.