AUTORIZACION PARA COMERCIALIZAR PRODUCTOS DE PESCA. LEYLA S.A.




Promulgación: 20/06/2003
Publicación: 20/08/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 1371

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 El Permiso de que se trata tendrá una vigencia de 2 (dos) años, tal como 
lo dispone el Art. 10º del Decreto Nº 149/997, de 7 de mayo de 1997, 
contados a partir del 15 de marzo de 2002, estando la embarcación 
obligada al pago de derechos por los conceptos previstos en la normativa 
vigente.
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